(de un click sobre la fracción para abrir el documento de referencia)
Iniciativa Popular
Se entiende por iniciativa popular la facultad que tienen los ciudadanos de presentar ante el órgano legislativo de la entidad, iniciativas de ley, para que sean estudiadas, analizadas y dictaminadas de conformidad con el procedimiento previsto por la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco. Los ayuntamientos pueden establecer la iniciativa popular en sus respectivos ordenamientos municipales (Art. 427 Código Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco).
Unidad de Transparencia
y Acceso a la Información Pública
Florencia 2370, Colonia Italia Providencia, C.P. 44648
Teléfonos 01(33)36.41.45.0, 09, 18 ext. 147
Guadalajara Jalisco, México email. transparencia@iepcjalisco.org.mx