Marco normativo

 

La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad se concibió como un instrumento de derechos humanos, con una dimensión explícita de desarrollo social, que adopta una amplia clasificación de las personas con discapacidad y reafirma que deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.

La Convención antes mencionada en su artículo 29, inciso a), apartado i) señala la garantía de que los procedimientos, instalaciones y materiales electorales sean adecuados, accesibles, fáciles de entender y utilizar; en el apartado ii) menciona la protección del derecho de las personas con discapacidad a emitir su voto en secreto en elecciones y referéndum públicos sin intimidación, y a presentarse efectivamente como candidatas en las elecciones, ejercer cargos y desempeñar cualquier función pública a todos los niveles de gobierno, facilitando el uso de nuevas tecnologías y tecnologías de apoyo cuando proceda.

 

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad