Boletín Informativo 01/2016

BOLETÍN INFORMATIVO INSTITUTO ELECTORAL 01/2016
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Guadalajara, Jalisco 22 de enero de 2016
DCS 01/2016

 
JEFE DE INFORMACIÓN
REPORTERO DE LA FUENTE
PRESENTE

 

En sesión extraordinaria celebrada el día de hoy, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco aprobó  por unanimidad el monto del límite de financiamiento privado a los partidos políticos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias en el año 2016 el cual será de $7,287,092.81.

 

Límites del Financiamiento privado que los Partidos Políticos acreditados en Jalisco pueden obtener durante el Ejercicio Anual 2016
Concepto Límites Monto
Monto establecido como TOPE DE GASTO DE CAMPAÑA para la elección de Gobernador inmediata anterior celebrada el año 2012. $22´242,991.34
Monto total de financiamiento público otorgado a la totalidad de los partidos políticos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias en el año 2016. $253´139,683.75
Modalidades y Límites  
1 Financiamiento por la MILITANCIA[1] El 2%  del financiamiento público otorgado a la totalidad de los partidos políticos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias y precampañas en el año de que se trate. $5,062,793.68
Las aportaciones o cuotas individuales y obligatorias, ordinarias y extraordinarias, en dinero o en especie, que realicen los militantes de los partidos políticos.
2 Financiamiento por la SIMPATIZANTES[2] El 10%  del tope de gasto para la elección de gobernador anterior. $2´224,299.13
Las aportaciones voluntarias y personales que realicen los simpatizantes durante los procesos electorales federales y locales, y estará conformado por las aportaciones o donativos, en dinero o en especie, hechas a los partidos políticos en forma libre y voluntaria por las personas físicas mexicanas con residencia en el país, que no estén comprendidas dentro de los supuestos establecidos en la LGPP.
3 AUTOFINANCIAMIENTO. La Ley General de Partidos Políticos (LGPP) no prevé límite para que los partidos reciban este tipo de financiamiento privado. En términos de la Constitución Política los partidos políticos en todo momento deberán vigilar que prevalezca el financiamiento público sobre el privado, incluyendo el autofinanciamiento y rendimientos financieros, en ningún caso podrá ser superior al monto de financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, para sus gastos de campaña y actividades específicas
4 Financiamiento por RENDIMIENTOS financieros, fondos y fideicomisos.
Límite de financiamiento privado que los partidos políticos acreditados en el Estado de Jalisco pueden obtener para el ejercicio anual 2016 $7,287,092.81
LÍMITE INDIVIDUAL anual en dinero que puede realizar cada SIMPATIZANTE para el ejercicio anual 2016. El 0.5 % del tope de gasto para la elección de gobernador  anterior. $111´214.96
           

 

Se aprobó también por unanimidad la pérdida del registro del  Partido Humanista como partido político nacional conforme a la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral y confirmada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, perdiendo los derechos y prerrogativas que tuvo en el ámbito estatal, mismos que surten  efecto de forma inmediata.

En esta misma sesión se aprobó por mayoría de cuatro votos  la creación e integración de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, comisión que atenderá las tareas en favor de la igualdad de género y la no discriminación relacionadas con la cultura democrática de la entidad,  la integración de la dicha comisión quedó de la siguiente manera:
 

COMISIÓN INTEGRACIÓN
De Igualdad de
Género y No
Discriminación
Consejera Electoral Griselda Beatriz Rangel Juárez (PRESIDENTA)
Consejera Electoral Sayani Mozka Estrada
Consejero Electoral Mario Alberto Ramos González.
 

 

Asimismo, se aprobó por unanimidad la celebración de un nuevo convenio de colaboración con el Instituto Jalisciense de las Mujeres para continuar con la realización de proyectos académicos que contribuyan con la educación cívica en el estado de Jalisco y para lograr un mejor desarrollo político-electoral y cultural de las mujeres, que inicia a partir de la fecha de su firma y con vigencia hasta el 30 de septiembre de 2021.

En la sesión se desechó por unanimidad el medio de impugnación debido a que  fue presentado de manera extemporánea por Juan José Alcalá Dueñas, al no haberse interpuesto dentro del plazo establecido del Recurso de Revisión REV-018/.

Se aprobó por unanimidad la presentación del informe anual 2015  por  la Contraloría General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, mencionando que se realizaron las funciones de la Contraloría conforme al Reglamento Interior del organismo electoral.

Es necesario señalar que esta sesión está inconclusa porque se acordó  decretar  un  receso para reanudar el día lunes 25 de enero de 2016 a las 15 horas, con el objetivo de finiquitar el punto en donde se deberá  votar la ratificación de los ciudadanos que actualmente fungen como titulares de la Secretaría Ejecutiva, así como de los titulares de las Direcciones y Unidades Técnicas de este organismo electoral; este punto se sometió a consideración el día de hoy pero no alcanzó los cinco votos que marca el lineamiento señalado por el Instituto Nacional Electoral, por lo que se someterá, de acuerdo al reglamento, a una segunda votación que se llevará a cabo en la reanudación de esta sesión.

Yo Participo
 

Dirección de Comunicación Social
Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco
 
 

[1] Ley General de Partidos Políticos (LGPP) señala que: “Cada partido político determinará libremente los montos mínimos y máximos y la periodicidad de las cuotas ordinarias y extraordinarias de sus militantes, así como de las aportaciones voluntarias y personales que los precandidatos y candidatos aporten exclusivamente para sus precampañas y campañas.”.
[2] Ley General de Partidos Políticos (LGPP) refiere que: “Las aportaciones en dinero que los simpatizantes realicen a los partidos políticos, serán deducibles del Impuesto sobre la Renta, hasta en un monto del 25%”.

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